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    Traducción jurada

    La traducción jurada suele requerirse para documentos oficiales que deban surtir efecto ante las autoridades competentes, como organismos oficiales, juzgados, registros, universidades, empresas, etc. Disponemos de traductores jurados, reconocidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en todos los idiomas. 

    De otro idioma a español

    La documentación extranjera que vaya a ser presentada en España sólo requiere del sello del traductor jurado. En el caso de documentación personal, como partidas de nacimiento, matrimonio, defunción, etc., dependiendo del país de origen, deberán venir selladas con la Apostilla de la Haya, sello que deberá ser traducido igualmente.

    De español a otro idioma  

    La traducción jurada de determinada documentación que vaya a ser traducida a otro idioma distinto del español deberá cumplir ciertos trámites, si se desea que dicha traducción tenga luego validez fuera de nuestro país.

    Documentos judiciales: deberán ser pasados previamente por el Ministerio de Justicia (Calle Manzana, n.º 2 - Metro Noviciado) para ponerles la Apostilla de la Haya. Se trata de un trámite instantáneo y gratuito.

     Documentos notariales: deberán ser pasados previamente por el Ilustre Colegio Notarial de Madrid (Calle Ruiz de Alarcón 3, 28014 Madrid, Tel.: 912 130 000) para ponerles la Apostilla de la Haya. Generalmente el trámite se realiza en 24 horas y no es gratuito.

    Certificados de estudios: deberán ser pasados previamente por el Ministerio de Educación, para conseguir el sello de dicho Ministerio (Paseo del Prado, 28, 3ª planta 28014 Madrid, Tel.: 91 506 56 00 ext. 65584). Posteriormente se llevan al Ministerio de Justicia (Calle Manzana, n.º 2 - Metro Noviciado) para ponerles la Apostilla de la Haya.

    En todos los casos, una vez entregada la traducción jurada al cliente, éste deberá realizar un último trámite: llevarla al Ministerio de Asuntos Exteriores (Calle Juan de Mena 4, 28014 Madrid, Tel.: 913 791 610), para legalizar la firma del traductor jurado de forma instantánea y gratuita. Es imprescindible solicitar una cita previa por internet.

    Para solicitarla, haga click aquí o en la siguiente página web: www.maec.es.

    En el caso de que la traducción tenga que ser presentada en algún Consulado, es probable que éste tenga registrada la firma del traductor jurado y no sea necesario pasarla por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

    Una vez cumplidos estos trámites, el documento cuenta con todos los requisitos para tener validez fuera de nuestro país.

    Nota: Algunos países recientemente incorporados a la U.E., o aspirantes a entrar en la misma, exigen sellar en sus Consulados en España las traducciones para que tengan validez en sus territorios. En estos casos, dicho trámite no es gratuito y puede resultar bastante costoso.

    La entrega de la traducción jurada se llevará a cabo en nuestras oficinas o por mensajero, dado que se trata de una documentación sellada y firmada.